La contadora Nelly Ganim firmó el convenio que establece un nuevo régimen de licencias para los empleados del Subsidio de Salud, las modificaciones son en lo relativo a las duraciones de las licencias por maternidad, lactancia materna y paternidad.
De esta manera, para el «Periodo de Licencia Especial por Maternidad, se otorgan 30 (treinta) días corridos de “Licencia Especial por Maternidad” una vez concluido el período de la licencia otorgado por el art 33 de la ley 3951. Para el goce de este beneficio, la empleada deberá acreditar mediante presentación del “Certificado de Nacimiento” durante los 30 (treinta) días de acontecido el hecho generador.
Para el “Período Especial de Lactancia Materna”, se otorgan 60 (sesenta) días corridos del “Periodo Especial de Lactancia Materna”, una vez concluido el período establecido en el segundo párrafo del Art 33 de la Ley 3951.
Finalmente la última modificación corresponde al “Período de licencia por Paternidad”. A este se otorgan 13 (trece) días corridos de “Licencia Especial por Paternidad”, al empleado varón Para el goce de este beneficio el empleado deberá comunicar la novedad a Gerencia de RRHH y justificar las inasistencias el día de su reintegro mediante la presentación del “Certificado de Nacimiento”.
La medida se adoptó en respuesta al pedido realizado por el sector gremial de UPCN, y teniendo en cuenta el principio de igualdad instituido en la Constitución Nacional, a los ya actuales periodos de licencias se realizaron modificaciones que implican un aumento significativo en la duración de las mismas.