Esta nueva disposición incluida en la resolución 11569 que emite este organismo, establece que las órdenes vencidas no producirán efecto jurídico alguno, no pudiendo ser utilizadas por los afiliados y/o beneficiarios, ni ser recibidas válidamente por los prestadores del Subsidio de Salud, sin la posibilidad de ser canjeadas.
Asimismo quedó establecido que todas aquellas órdenes adquiridas con anterioridad al 1° de diciembre de 2016, podrán ser utilizadas hasta el próximo mes de marzo de 2017, fecha en la que caducaran dichas órdenes.
Esta nueva disposición obedece al plan mejoras que nuestra Obra Social tiene previsto en beneficio de todos nuestros afiliados.