La iniciativa, surge en el año 2004 gracias a la Asociación Francesa por el Parto Respetado (AFAR), y en el mismo año, Argentina sanciona y promulga la ley 25.929, siendo reglamentada finalmente en el año 2015. La misma defiende los derechos de las madres, los recién nacidos/as y a sus familias al momento del trabajo de parto, parto y post parto.
Es importante tener en cuenta que a pesar de la pandemia, los derechos de la madre, el recién nacido y la familia deben seguir siendo atendidos.
Por lo tanto, si usted es una persona gestante, tiene los siguiente derechos:
- A elegir de manera informada y con libertad el lugar y la forma en que vas a transitar el trabajo de parto (posición, analgesia, acompañamiento u otro) y la vía de nacimiento;
- A recibir información sobre las distintas intervenciones de salud que pueden suceder durante el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, y a participar activamente en las decisiones cuando existieren diferentes alternativas;
- A que se facilite su participación como protagonista de su propio parto;
- A atravesar un parto natural respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados ni acordados;
- A ser informada/e sobre la evolución del parto, el estado de su/s hija/s hijo/s, haciéndole partícipe de las diferentes actuaciones del equipo de salud;
- A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo consentimiento manifestado por escrito, bajo protocolo aprobado por el comité de bioética;
- A ser informada/e sobre los beneficios de la lactancia materna, recibir apoyo para amamantar, recibir asesoramiento sobre los autocuidados y cuidados del/a bebé;
- A elegir a quien la acompañará durante todas las etapas de atención: de acuerdo con las medidas sanitarias de prevención, puede acompañarle una persona sin infección ni sospecha y/o confirmación de COVID-19, mayor de 18 años y menor de 60 años y sin enfermedades preexistentes.
- Tanto la persona gestante como quien acompaña pasarán por un triage (cuestionario para descartar sospecha de COVID-19 y control de temperatura) y a partir de ahí se derivará al sector correspondiente.
- En caso de presunción y/o confirmación de COVID-19 en la persona gestante, se deberán sostener las medidas de aislamiento y bioseguridad como medida preventiva de contagio.
A su vez, toda persona recién nacida posee los siguientes derechos:
- A ser tratada en forma respetuosa y digna;
- A su inequívoca identificación (Ley 24.540/95);
- A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo consentimiento de sus representantes legales, bajo protocolo aprobado por el comité de bioética;
- A ser internada de la forma más oportuna: a internación conjunta, si la persona gestante se encuentra en condiciones clínicas, o, en su defecto, a ser acompañada por una persona cuidadora que cumpla con las medidas de prevención y bioseguridad;
- A que su madre/persona gestante, progenitor/a o persona de confianza elegida reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo.
Cuando alguno de estos derechos no se cumplen, el personal de salud ejerce un tipo de violencia, reconocido por la Ley 26.485, que se denomina violencia obstétrica. Para más información, llame al 0800-122-5878. Línea gratuita para todo el país.