Convenio de Reciprocidad único entre las entidades adheridas a COSSPRA – 09/10/04, con renovación automática
Afiliados con Domicilio en Extraña Jurisdicción
Son aquellos que tengan su domicilio habitual o fijen su residencia en una provincia distinta a la de la Obra Social de origen, por un límite superior a los 6 (seis) meses continuados.
Requisitos
- CUIL
- Certificado de Residencia expedido por autoridad competente..
- Comunicación de la Obra Social de origen solicitando su incorporación a la Obra Social receptora, mediante una Carta de Presentación
Afiliados en Tránsito
Afiliados a Obras Sociales provinciales adheridas a COSSPRA que se encuentren en tránsito en una provincia distinta a la de la Obra Social de origen. Estas personas gozan de cobertura asistencial a través de la obra social del lugar (en donde se encuentran transitoriamente), cuando razones de urgencia debidamente acreditadas por médico interviniente, hagan imprescindible su asistencia inmediata. El afiliado deberá abonar los coseguros que rijan en la Obra Social prestadora y quedará sujeto a la reglamentación de esta.
Requisitos
- CUIL
- Credencial de Obra Social de origen
- Carta de presentación de Afiliado en Tránsito
- Informe médico que acredite el carácter de urgencia de las prestaciones solicitadas
IMPORTANTE
Si no cumple con toda la documentación requerida, la Obra Social receptora brindará los servicios mínimos de urgencia, consistentes en una orden de consulta y recetario ambulatorio, hasta tanto sea autorizado.
Afiliado Derivado
Es aquel a quien la Obra Social de origen deriva a otra obra Social signataria para que se le presten servicios que, por su complejidad, resulten imposibles de atender con la infraestructura propia o contratada en la provincia de origen. Gozará exclusivamente de las prestaciones para las cuales fue derivado. Si necesita prestación complementaria, deberá solicitar autorización.
Requisitos
- CUIL
- Credencial de la Obra Social de origen
- Historia Clínica de médico tratante con la autorización de derivación de la auditoría médica de la Obra Social de origen.
IMPORTANTE
Se deberán abonar los coseguros que rijan en la Obra Social prestadora y queda sujeto del pago de coseguros, los que serán facturados directamente a la Obra Social peticionante.
Afiliado Estudiante o en Comisión de Servicios
Es el afiliado que por razones de estudio y/o comisión se servicio prolongado, por el tiempo que esta situación lo requiera, resida en jurisdicción de otra obra social signataria que lo asimila, sin perder su condición de afiliado en su obra social de origen. Gozará de todos los derechos y estará sujeto a las obligaciones de la Obra Social receptora, en iguales condiciones que el afiliado natural.
Requisitos
- CUIL
- Credencial de la Obra Social de origen
- Carta de Presentación
IMPORTANTE
Se deben abonar los coseguros que rijan en la Obra Social prestadora
Afiliado Limítrofe
Es aquel que residiendo en jurisdicción de la obra social de origen, por razones geográficas, de distancia o niveles de complejidad médico asistencial, requiera habitualmente los servicios de otra obra social signataria cercana a su domicilio, y optare por incorporarse a ésta última con los mismos derechos y obligaciones que los afiliados de extraña jurisdicción. Gozará de todos los derechos de uso y servicios de la Obra Social receptora cuando haya cumplimentado la documentación afiliadora y cuente con la credencial habilitante.
Requisitos
- CUIL
- Comunicación de la Obra Social de origen solicitando su incorporación a la Obra Social receptora.