Carta Poder

PODRÁN CERTIFICAR EL FORMULARIO
Autoridad IPSST (nivel/cargo categoría 6 a 2), Judicial, Policial o Consular competente, Escribano.

VALIDEZ DE CERTIFICACIÓN
Para Tramitar: doce meses a partir de la fecha de certificación.

Requisitos a tener en cuenta para conceder poder ante Autoridad Competente

De acuerdo a lo establecido por la Ley 5425 se podrá conceder

PARA TRAMITAR:
Ley Nº5425.

  • En los casos del Arti. 1º inc. a) se acompañará Acta de nacimiento, Acta de Casamiento.
  • En los casos del Art. 1º inc. b) se acompañará la documentación que acredite al profesional (carnet, etc.).
  • En los casos del Art. 1º inc. c) se acompañará la resolución judicial que otorgue dicho carácter.

DEL PARENTESCO: 
Parientes por consanguinidad

  • Línea descendente: Hijos, Nietos y Bisnietos.
  • Línea ascendente: Padres, Abuelos y Bisabuelos.
  • Línea Colateral:
    • 2º grado: Hermanos.
    • 3º grado: Tíos y Sobrinos.
    • 4º grado: Primos-Hermanos y Sobrinos-Nietos.
  • Parientes por Afinidad:
    • 1º grado: Yerno, Nuera, Suegros, Padrastros e Hijastros.
    • 2º grados: Cuñados y Hermanastros.

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